En casos de almacenamiento digital, por el solo concepto del derecho de reproducción, se establece una tarifa de QUINIENTOS OCHENTA Y DOS MIL PESOS ($582.000,oo) por el término de un (1) año de licencia y un máximo de DIEZ MIL TÍTULOS (10000) almacenados.
La licencia solamente incluye el almacenamiento en forma digital en medios electrónicos como rockolas o sinfonolas, PC's, discos duros y los medios similares conocidos actualmente o por conocerse en el futuro, que fueren destinados para los establecimientos abiertos al público.
Esta tarifa excluye expresamente:
• El almacenamiento digital para los servicios de ambientación musical o servicios similares.
• La comunicación pública de la música.
En caso de almacenamiento digital de títulos adicionales, se establece una tarifa proporcional, es decir, DOSCIENTOS NOVENTA PESOS ($290,oo) por cada título adicional.